Ciudadanía Inmigración y Naturalización basada en la familia

Ajuste de estado

Los extranjeros admitidos legalmente en los Estados Unidos que continúen manteniendo su estatus legal, podrán cambiar de una categoría de estatus migratorio a otra, sin tener que regresar a su país de origen para completar el trámite de la visa. Esto se llama “ajuste de estatus”.

El Ajuste de Estatus es el proceso mediante el cual a los ciudadanos extranjeros se les otorga un estatus migratorio permanente en los Estados Unidos con la capacidad de trabajar y viajar sin muchas de las restricciones pertinentes para los titulares de visas de no inmigrantes o los ciudadanos extranjeros sin estatus. Puede solicitar un Ajuste de Estatus para convertirse en Residente Permanente si:

  • Eres elegible para recibir una visa de inmigrante
  • Son admisibles en los Estados Unidos para residencia permanente.
  • Una visa de inmigrante está inmediatamente disponible para usted al momento de presentar la solicitud.


Procesamiento Consular

El procesamiento consular es el proceso de solicitar a un miembro de la familia que vive en el extranjero o que no puede ajustar su estatus dentro de los Estados Unidos. El proceso generalmente consta de tres pasos y puede demorar desde varios meses hasta varios años, según la categoría del familiar, los tiempos de procesamiento de la visa, así como los tiempos de procesamiento en la embajada o el consulado de los Estados Unidos en el país de origen de su familiar. Si tiene un familiar por quien le gustaría presentar una solicitud para unirse a usted en los Estados Unidos y le gustaría que alguien lo guiara a través del proceso, no dude en contactarnos.

Eliminación de condiciones

Cuando un ciudadano extranjero ajusta su estatus, a veces se le otorga un estatus de residente “condicional” que es temporal y debe ser reemplazado por un estatus de residente “permanente” al final de dos años. Los residentes condicionales tienen muchos de los mismos derechos que los residentes permanentes, excepto que deben limitar sus viajes internacionales a viajes cortos e informales. Si es residente condicional y tiene tres meses o menos desde la fecha de vencimiento de su tarjeta de residente condicional, o si tiene preguntas sobre su estado de residencia condicional, no dude en contactarnos al 623-505-0940.

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